
Claudia Ovalle
Gerente de APV
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¿Qué es el Excedente de Libre Disposición?
El excedente de libre disposición son fondos que los afiliados pensionados pueden retirar de su cuenta, cuando el saldo total de su ahorro previsional es mayor al necesario para financiar una pensión mayor o igual al 70% de su renta imponible promedio de los últimos 10 años y permiten obtener una pensión mayor o igual al 100% de la Pensión Máxima con Aportes Solidarios.
Además, los aportes efectuados por concepto de cotizaciones voluntarias, depósitos de APV o depósito de APVC deben haber sido ingresados a una AFP o institución autorizada, al menos con 48 meses de anticipación a la fecha de determinación del excedente de libre disposición.
Estos fondos podrán ser retirados libre de impuesto bajo dos modalidades:
- Retirar de una vez la suma máxima de 800 UTM
- Retirar cada año una cantidad inferior o igual a 200 UTM hasta completar la suma máxima total de 1.200 UTM
Los retiros son en calidad de rentas exentas, pero forman parte de la renta bruta global para efectos de progresión del Impuesto Global Complementario. Los excesos de retiros se gravarán con el Impuesto Global Complementario.
*Fuente: Superintendencia de Pensiones
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